Respuesta solución agentes

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28 Sep 2020 11:08 #108098 por Caballo
Respuesta solución agentes Publicado por Caballo
Alguna persona con las soluciones de agentes por academias?

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  • Entrena Cuesta
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28 Sep 2020 11:14 #108099 por Entrena Cuesta
Respuesta de Entrena Cuesta sobre el tema Respuesta solución agentes
Cómo va a tener nadie las respuestas si no se podían sacar los enunciados

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  • Pickle_Rick
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28 Sep 2020 13:01 #108122 por Pickle_Rick
Respuesta de Pickle_Rick sobre el tema Respuesta solución agentes

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28 Sep 2020 14:35 - 28 Sep 2020 15:19 #108151 por VíctorPrz4
Respuesta de VíctorPrz4 sobre el tema Respuesta solución agentes
¿Es cosa mía o hay dos preguntas susceptibles de ser nulas. ?

Tipo test B


Pregunta 59



Pregunta 97



Opiniones?

"Tu vida cambiará cuando estés más comprometido con tus metas que con tu comodidad" Anónimo.
Última Edición: 28 Sep 2020 15:19 por VíctorPrz4.

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28 Sep 2020 14:40 #108158 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Respuesta solución agentes
Sí, en ambas preguntas han dado como bueno una respuesta incorrecta.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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  • lobita11
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28 Sep 2020 14:49 #108164 por lobita11
Respuesta de lobita11 sobre el tema Respuesta solución agentes
La 88 tambien esta mal

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  • mpa89
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28 Sep 2020 15:03 #108174 por mpa89
Respuesta de mpa89 sobre el tema Respuesta solución agentes

VíctorPrz4 wrote: ¿Es cosa mía o hay dos preguntas nulas. ?

Tipo test B



Pregunta 59



Pregunta 97



Opiniones?



Corregirán ambos errores casi seguro y marcarán en ambas la B que son las correctas..... no creo que se impugnen ninguna de las dos

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  • Caos
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28 Sep 2020 15:09 #108178 por Caos
Respuesta de Caos sobre el tema Respuesta solución agentes

mpa89 wrote:

VíctorPrz4 wrote: ¿Es cosa mía o hay dos preguntas nulas. ?

Tipo test B



Pregunta 59



Pregunta 97



Opiniones?



Corregirán ambos errores casi seguro y marcarán en ambas la B que son las correctas..... no creo que se impugnen ninguna de las dos


Hombre la ultima, la B también es correcta, es que tampoco hay ninguna incorrecta como tal. Esa sí es más impugnable.

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  • Agente B
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28 Sep 2020 17:43 - 28 Sep 2020 17:44 #108239 por Agente B
Respuesta de Agente B sobre el tema Respuesta solución agentes
Buenas tardes Chic@s, a mi también me surge la duda con respecto a la pregunta 58 del A (corresponde a la 89 del B ), a ver si podéis ayudarme a verlo claro.

La pregunta es:

"María está casada con Juan en régimen de separación de bienes. Tienen establecido su domicilio habitual en una vivienda de la que ella es propietaria, por título de herencia, del 50 por ciento. El propietario del otro 50 por ciento es un tío suyo. Sobre la vivienda existe una hipoteca a favor de una entidad bancaria. Por deudas de María, se embarga la vivienda de la que es propietaria. Según el artículo 76 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, ¿a quién es obligatorio notificar la diligencia de embargo de dicho inmueble?
A. A María, a su tío y a la entidad bancaria.
B. A María y a su cónyuge.
C. A ambos cónyuges y al tío de ella.
D. A ambos cónyuges, al tío de ella y a la entidad bancaria."

El tribunal ha dado por buena la respuesta D, sin embargo, en base al art. mencionado considero que a la entidad no habría que notificarle: "En el supuesto de bienes y derechos inscritos en un registro público el embargo también deberá notificarse a los titulares de cargas posteriores a la anotación de embargo y anteriores a la nota marginal de expedición de la certificación de cargas a que se refiere el artículo 74." Los inmuebles deben ser anotados en el registro público, y si existe una hipoteca, entiendo que esta es ANTERIOR, por tanto no habría porque notificarle en base al artículo, o eso entiendo yo.

Que opináis vosotros? Para aclararme, sí estoy equivocada.

Un saludo.
Última Edición: 28 Sep 2020 17:44 por Agente B.

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  • Caos
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28 Sep 2020 17:48 #108241 por Caos
Respuesta de Caos sobre el tema Respuesta solución agentes
Yo lo que no entiendo es por qué hay que notificarselo al marido si están en régimen de separación de bienes.

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  • A Pagar
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28 Sep 2020 17:52 #108243 por A Pagar
Respuesta de A Pagar sobre el tema Respuesta solución agentes

Caos wrote: Yo lo que no entiendo es por qué hay que notificarselo al marido si están en régimen de separación de bienes.

Porque es la vivienda habitual

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  • Agente B
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28 Sep 2020 17:54 #108245 por Agente B
Respuesta de Agente B sobre el tema Respuesta solución agentes
Porque es vivienda habitual : "Una vez realizado el embargo de los bienes y derechos, la diligencia se notificará al obligado al pago y, en su caso, al tercero titular, poseedor o depositario de los bienes si no se hubiesen realizado con ellos las actuaciones, así como al cónyuge del obligado al pago[/u] cuando los bienes embargados sean gananciales o se trate de la vivienda habitual, y a los condueños o cotitulares."

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  • A Pagar
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28 Sep 2020 17:54 #108246 por A Pagar
Respuesta de A Pagar sobre el tema Respuesta solución agentes

Agente B wrote: Buenas tardes Chic@s, a mi también me surge la duda con respecto a la pregunta 58 del A (corresponde a la 89 del B ), a ver si podéis ayudarme a verlo claro.

La pregunta es:

"María está casada con Juan en régimen de separación de bienes. Tienen establecido su domicilio habitual en una vivienda de la que ella es propietaria, por título de herencia, del 50 por ciento. El propietario del otro 50 por ciento es un tío suyo. Sobre la vivienda existe una hipoteca a favor de una entidad bancaria. Por deudas de María, se embarga la vivienda de la que es propietaria. Según el artículo 76 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, ¿a quién es obligatorio notificar la diligencia de embargo de dicho inmueble?
A. A María, a su tío y a la entidad bancaria.
B. A María y a su cónyuge.
C. A ambos cónyuges y al tío de ella.
D. A ambos cónyuges, al tío de ella y a la entidad bancaria."

El tribunal ha dado por buena la respuesta D, sin embargo, en base al art. mencionado considero que a la entidad no habría que notificarle: "En el supuesto de bienes y derechos inscritos en un registro público el embargo también deberá notificarse a los titulares de cargas posteriores a la anotación de embargo y anteriores a la nota marginal de expedición de la certificación de cargas a que se refiere el artículo 74." Los inmuebles deben ser anotados en el registro público, y si existe una hipoteca, entiendo que esta es ANTERIOR, por tanto no habría porque notificarle en base al artículo, o eso entiendo yo.

Que opináis vosotros? Para aclararme, sí estoy equivocada.

Un saludo.


"y anteriores a la nota marginal de expedición de la certificación de cargas a que se refiere el artículo 74"

Creo que es por ser una de las cargas que figurarán en la certificación de cargas, a falta de más información de cuando se constituyó la garantía

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  • faelote
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28 Sep 2020 17:55 #108247 por faelote
Respuesta de faelote sobre el tema Respuesta solución agentes

Caos wrote: Yo lo que no entiendo es por qué hay que notificarselo al marido si están en régimen de separación de bienes.

Por ser la vivienda habitual del matrimonio. El artículo 76.3 RGR dice que se notifcará al cónyuge del obligado al pago cuando los bienes embargados sean gananciales o se trate de la vivienda habitual (...).

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  • Caos
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28 Sep 2020 19:18 #108319 por Caos
Respuesta de Caos sobre el tema Respuesta solución agentes

Espartano wrote:

Caos wrote: Yo lo que no entiendo es por qué hay que notificarselo al marido si están en régimen de separación de bienes.


Te ha pasado lo mismo que a mí, jeje.


Pues si, vaya fallo tonto, pero es lo bueno de este foro que siempre puedes aprender de los errores y mejorar. Una cosa que a partir de ahora ya no se me escapará :silly:

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