CONTA: ¿en qué se diferencia la normativa contable anterior de los "activos disponibles para la venta" de la actual normativa con "activos financieros al coste"

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01 Dic 2021 18:04 - 02 Dic 2021 09:30 #131694 por condephelps
Al final con el cambio de la nueva normativa en que se diferencia a la que había antes en relación a los activos financieros disponibles para la venta? Porque al final se contabiliza igual solo que se cambió el nombre de la cartera a activos financieros al coste no?
Última Edición: 02 Dic 2021 09:30 por webmaster.

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01 Dic 2021 19:55 #131699 por condephelps
Respuesta de condephelps sobre el tema ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA LA VENTA
un alma caritativa?

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02 Dic 2021 00:18 #131705 por pirineosesvida
Respuesta de pirineosesvida sobre el tema ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA LA VENTA
"Activos financieros a valor razonable con cambios en el Patrimonio Neto" pasa a llamarse ahora. Creo que solo cambia la denominación.
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02 Dic 2021 09:17 #131708 por Caruso
Respuesta de Caruso sobre el tema ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA LA VENTA
Hola cambia la denominación y solo se aplicará cuando expresamente te lo diga el ejercicio (pasa a tener un carácter residual). Ahora en caso de duda se aplica AF con cambio en pérdidas y ganancias
El siguiente usuario dijo gracias: condephelps

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02 Dic 2021 11:18 #131715 por condephelps
Respuesta de condephelps sobre el tema ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA LA VENTA
Graciias, si ya no sabía ni lo que escribía a esas horas

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17 Oct 2022 21:21 - 24 Oct 2022 17:12 #145210 por Atope
Rescato el hilo, justo me ha surgido la duda.

Entonces, si en el supuesto dice que adquiere acciones con carácter permanente, aunque antes se calificaban en la cartera AFDV, las calificamos a AFVRCPYG por ser la cartera por defecto y no a la de AFVRCPN, por su carácter residual ya que se utiliza para cuando se ejerza la opción irrevocable de calificar las acciones en esa cartera.

Estoy en lo cierto?

Mil gracias.
Última Edición: 24 Oct 2022 17:12 por Atope.

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24 Oct 2022 17:13 #145499 por Atope

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24 Oct 2022 17:22 #145500 por Witty

Atope wrote: Rescato el hilo, justo me ha surgido la duda.

Entonces, si en el supuesto dice que adquiere acciones con carácter permanente, aunque antes se calificaban en la cartera AFDV, las calificamos a AFVRCPYG por ser la cartera por defecto y no a la de AFVRCPN, por su carácter residual ya que se utiliza para cuando se ejerza la opción irrevocable de calificar las acciones en esa cartera.

Estoy en lo cierto?

Mil gracias.


Yo diría que sí, siempre justificando que como el enunciado no dice nada entiendes que no se ejerce la opción de calificarlo como AFVRCPN.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
El siguiente usuario dijo gracias: Atope

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24 Oct 2022 17:47 #145503 por toliso
Si, a neto ya no hay duda, literalmente te tienen que decir que los incluye en esa cartera. Si no dice nada al respecto, a PyG ( salvo que sea cartera de control o valor razonable no fiable).
Y en la DT 2ª del RD 1/2021 te dice a dónde llevar el ajuste previo practicado en el AFDV, dependiendo si las clasificas en una cartera u otra.
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24 Oct 2022 21:44 #145514 por Atope
Gracias a ambos.

Respecto a la DT 2ª del RD 1/2021, que por cierto la desconocía, entiendo que si tras la entrada en vigor de ese RD se tenían AFDV se deben calificar en AFVRCPN pero se puede decidir, supongo que de forma irrevocable, calificar como AFVRCPYG y el saldo de la 133 se reclasifica a la 113.

Sería así?

Gracias de nuevo.

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25 Oct 2022 11:22 #145540 por toliso
Si optas inicial e irrevocablemente por meterlas en AFºVRPN, sólo cambias el nombre de la 133. Pero el ajuste sigue pendiente de traspaso a resultados hasta que se enajenen, den de baja o deterioren.
Si van a AFºVRPYG, cancelas la 133 con reservas voluntarias y listo.
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26 Oct 2022 21:19 #145583 por veronikasev
Antes del cambio cuando un activo no encajaba en ninguna de las otras categorías se clasificaba en AFDV y en caso de deterioro éste era irreversible. Después del cambio un activo sin clasificación clara, por ejemplo sin valor fiable en mercado, va a la cartera de coste y su deterioro será reversible. Este es el cambio significativo de la modificación, mínimo.
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