Facultades de órganos de recaudación artículo 142 LGT ¿se pueden personar sin previa comunicación?

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30 Ene 2022 16:57 - 01 Feb 2022 12:08 #134508 por Sara
Hola compañer@s,
Tengo una duda de si los órganos de recaudación podrán personarse sin previa comunicación o no .
El art 162 LGT indica que la recaudación tributaria tendrá las facultades del art 142 LGT, lo cual solo habla de las facultades de examen de los documentos y de las de entrada en los locales del OT, en ningún momento habla de la personación con o sin comunicación previa.
Gracias de antemano.
Última Edición: 01 Feb 2022 12:08 por webmaster.

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30 Ene 2022 18:10 #134509 por TheGoldenBoy
Respuesta de TheGoldenBoy sobre el tema Facultades de organos de recaudación
En mi opinión si, los órganos de recaudación al tener las facultades previstas en el artículo 142 LGT desarrolladas en los artículos 171, 172 y 173 RGAT pueden personarse sin previa comunicación. No obstante, dudo que te lo pregunten, en todo caso en inspección, pero que vaya, en el artículo 162 LGT y 10 RGR se cita al artículo 142 LGT solamente como para abreviar y no volver a repetir todo como dando a entender que las facultades de inspección son iguales a los de órganos de recaudación.

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30 Ene 2022 21:33 #134520 por TheGoldenBoy
Respuesta de TheGoldenBoy sobre el tema Facultades de organos de recaudación

Espartano wrote: Por si quedaba alguna duda, es así. Esas facultades en concreto y las medidas cautelares del 146 LGT son las mismas. En el RGAT se recoge expresamente:

Disposición adicional decimocuarta. Facultades de los órganos de recaudación.

Las disposiciones de este reglamento dictadas en desarrollo de los artículos 142 y 146 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, serán de aplicación a los funcionarios que desempeñen funciones de recaudación.


TheGoldenBoy wrote: En mi opinión si, los órganos de recaudación al tener las facultades previstas en el artículo 142 LGT desarrolladas en los artículos 171, 172 y 173 RGAT pueden personarse sin previa comunicación. No obstante, dudo que te lo pregunten, en todo caso en inspección, pero que vaya, en el artículo 162 LGT y 10 RGR se cita al artículo 142 LGT solamente como para abreviar y no volver a repetir todo como dando a entender que las facultades de inspección son iguales a los de órganos de recaudación.


Lo han preguntado este mismo año. Una de las últimas preguntas del enunciado de Recaudación era sobre ésto.


Cierto! No me acordaba, me has hecho levantarme a mirarlo jajajaja. Con que no suelen preguntarlo me refería a que en recaudación hay cosas mucho más importantes que eso...pero visto lo visto...quién decía que iba a entrar estimación objetiva y revisión? Hoy en día en el segundo examen pueden poner lo que quieran, vaya que si.

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30 Ene 2022 23:15 #134524 por Sara
Respuesta de Sara sobre el tema Facultades de organos de recaudación
Muchísimas gracias Espartano, the goldenbiy,

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31 Ene 2022 07:08 - 31 Ene 2022 19:18 #134531 por VíctorPrz4
Respuesta de VíctorPrz4 sobre el tema Facultades de organos de recaudación
Efectivamente es como ha comentado Espartano, los órganos de recaudación tienen las mismas facultades que los órganos inspectores pero cada uno en el ejercicio de sus funciones.

Es decir, en recaudación se parte de la habilitación del artículo 162.LGT:

Para asegurar o efectuar el cobro de la deuda tributaria, los funcionarios que desarrollen funciones de recaudación podrán comprobar e investigar la existencia y situación de los bienes o derechos de los obligados tributarios, tendrán las facultades que se reconocen a la Administración tributaria en el artículo 142 de esta ley, con los requisitos allí establecidos, y podrán adoptar medidas cautelares en los términos previstos en el artículo 146 de esta ley.

El artículo 10 RGR por su lado desarrolla la previsión:

Artículo 10. RGR. Facultades de los órganos de recaudación.
1. Los funcionarios que desempeñen funciones de recaudación serán considerados agentes de la autoridad y tendrán las facultades previstas en el artículo 142 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Asimismo, podrán adoptar las medidas cautelares recogidas en el artículo 146 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, previstas para el procedimiento de inspección.

2. Las funcionarios que desempeñen funciones de recaudación podrán realizar actuaciones de obtención de información previstas en los artículos 93 y 94 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.


Finalmente la disposición adicional 14ª RGAT establece su aplicación supletoria a recaudación:

Disposición adicional decimocuarta. Facultades de los órganos de recaudación. Las disposiciones de este reglamento dictadas en desarrollo de los artículos 142 y 146 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, serán de aplicación a los funcionarios que desempeñen funciones de recaudación.

Entonces, bajando a la práctica, un funcionario de recaudación puede hacer personaciones en locales del OT con los mismos requisitos que la inspección siempre que sea para asegurar o efectuar el cobro de la deuda tributaria , es decir: investigación patrimonial, realización de embargos, recogida de información o documentación, adoptar medidas cautelares, etc. Es frecuente de hecho que los agentes realicen alguna salida para localización de inmuebles (en subastas mayormente), embargos de efectivo o notificaciones de requerimientos.

Una actuación particularmente curiosa introducida por el plan estratégico de la AEAT para 2020-2023 es las "actuaciones tempranas" de recaudación, que es personaciones en los locales del OT para "informar" y "evitar" llegar a la vía de cobro ejecutiva cuando hay presentación reiterada de aplazamientos, o autoliquidaciones sin ingreso. El contribuyente se lo suele tomar más como una ir a presionar, pero bueno, ilustra un poco como se ejercen las facultades de la inspección en recaudación.

Un saludo.

"Tu vida cambiará cuando estés más comprometido con tus metas que con tu comodidad" Anónimo.
Última Edición: 31 Ene 2022 19:18 por VíctorPrz4.
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