Buenos días,
¿Como responderiais a la pregunta "Concepto y características de la concesión administrativa de servicios públicos"?
Yo piendo en los artículos 14, contrato de concesión de obras, y 15, contrato de concesión de servicios, de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
¡Un saludo y mucho ánimo a los que esperais las notas mañana!
Justo. Y yo haría especial referencia al riesgo operacional que se menciona (y define) en ambos artículos, pues es la nota diferenciadora fundamental de la concesión.
Material de preparación a la venta disponible en este enlace: