a) PNB - D = PNN, por definición de PNN, pero la segunda igualdad es falsa por distintos motivos: en la PNN no se tiene en cuenta la inversión bruta, sino la neta, falta además el gasto público, las exportaciones netas y los pagos netos a factores nacionales.
b) Verdadera si entendemos "Ti" como impuestos indirectos netos de subvenciones, falsa si entendmos "Ti" como impuestos indirectos a secas.
c) Falsa: PIB a.p.m. + (r.f.n. - r.f.e.) = PNB a.p.m.
d) Falsa: PIN a.c.f. + (r.f.n. - r.f.e.) = PNB a.c.f.
* En ambos casos entiendo "r.f.n." como "rentas de factores nacionales obtenidas en el extranjero" y "r.f.e." como "rentas de factores extranjeros obtenidas en el territorio nacional" y no al revés, que es como siempre las he visto abreviadas.
e) Verdadera.
f) Verdadera si entendemos "Ti" como impuestos indirectos netos de subvenciones, falsa si entendmos "Ti" como impuestos indirectos a secas.
g) Falsa: PIN a.p.m. = C + IB - D + X – M + G.
Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda