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Witty wrote: Si se constituye un capital el 1 de noviembre y se retira el 20 de diciembre, este habrá devengado 49 días de intereses: el primer día de intereses se devenga el 2 de noviembre. Igualmente, si tengo que actualizar a fecha 1 de noviembre una deuda que vence el 20 de diciembre, tengo que actualizarla 49 días: si lo actualizas 50 días llevarías el importe al 31 de octubre.
En cualquier caso, a nivel del examen te pedirán que actualices por meses o años, no por días y no pasa nada si la cosa no cuadra al milímetro. De hecho, en algunas operaciones se utiliza el año civil (365 días) y en otras el comercial (360 días), pero estos detalles no son importantes de cara al examen.
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