Buenas examinando el artículo 111.2 de la L.G.T., "El rechazo de la notificación...implicará que se tenga por efectuada la misma"
Tengo entendido que salvo que conste como desconocido en el domicilio es necesario un segundo intento, pero dice efectuada literalmente con el rechazo.
Que opinais?