Consulta procedimiento de comprobación de domicilio fiscal

Más
03 Jun 2022 10:32 - 03 Jun 2022 10:42 #140811 por crisys
Creía que esto lo tenía claro, pero haciendo un supuesto me han quedado dudas,

¿Quién es competente para iniciar este procedimiento? La delegación donde ahora mismo está declarado el domicilio fiscal o la delegación que cree que ahí debería estar declarado su domicilio fiscal


Muchas gracias!
Última Edición: 03 Jun 2022 10:42 por crisys.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:02 #140814 por davidmelian92
Respuesta de davidmelian92 sobre el tema Consulta procedimiento de comprobación de domicilio fiscal
Según el artículo 59 del RGAT durante el primer mes será competente el órgano competente al antiguo domicilio, a partir de ese mes será el nuevo. No obstante, si hay un procedimiento de comprobación de domicilio fiscal hasta que no se resuelva será competente el antiguo.

Auxiliar de Renta OEP 2022
Agente de Hacienda OEP 2022.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:05 #140815 por Migueexxe
También había que estar al obligado no? Por si es el titular de la delegación de gestión o si está adscrito a grandes contribuyentes el de inspección? Ahí con las resoluciones ya me lío bastante... De todos modos 148 a 151 rgat será la AEAT lo que luego entran las resoluciones que delegan la responsabilidad...

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:06 #140816 por crisys
Gracias David, pero de lo que tengo dudas es de quién es competente no para iniciar cualquier procedimiento que sí lo tengo más o menos claro, sino el de comprobación de domicilio fiscal.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:09 #140818 por crisys
Migueexxe yo me leo esos artículos, pero me sigue sin quedar claro, yo pensaba que siempre debía iniciar el procedimiento la delegación de donde constaba el domicilio fiscal.

Que se podía iniciar a petición del otro, pero el que iniciaba el procedimiento realmente era la delegación donde a día de hoy tenía el contribuyente declarado su domicilio fiscal

Pero hoy, en una solución de un supuesto, me han dicho que puede iniciar el otro y me he quedado un poco flipada

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:10 #140819 por davidmelian92
Respuesta de davidmelian92 sobre el tema Consulta procedimiento de comprobación de domicilio fiscal
Ah vale, en ese caso 148 RGAT, será competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la comprobación de los tributos del Estado y creo que te decía que los cedidos también.

Auxiliar de Renta OEP 2022
Agente de Hacienda OEP 2022.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:10 #140820 por crisys
Sí, la AEAT, pero qué delegación????

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:18 #140822 por Migueexxe
Ese es el tema que parece algo sencillo pero.... Yo tengo entendido que por un lado la administración que crea que el OT no está adscrito correctamente o que debería estar adscrito a ella instará su iniciación... A que administracion? Imagino que a al especial a la que este adscrita ella misma.

Luego está el tema de si en el procedimiento el cambio de adscripción de delegacion especial a otra también cambia el tema....
El siguiente usuario dijo gracias: crisys

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:19 #140823 por Migueexxe
Si se lo que te he dicho, cambio de adscripción especial el ritual de gestión salvo que el obligado este adscrito a grandes contribuyentes que será el de inspección si no recuerdo mal del domicilio de origen.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:19 #140824 por Migueexxe

Migueexxe wrote: Si se lo que te he dicho, cambio de adscripción especial el titular de gestión salvo que el obligado este adscrito a grandes contribuyentes que será el de inspección si no recuerdo mal del domicilio de origen.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:23 #140826 por crisys

Migueexxe wrote: Ese es el tema que parece algo sencillo pero.... Yo tengo entendido que por un lado la administración que crea que el OT no está adscrito correctamente o que debería estar adscrito a ella instará su iniciación... A que administracion? Imagino que a al especial a la que este adscrita ella misma.

Luego está el tema de si en el procedimiento el cambio de adscripción de delegacion especial a otra también cambia el tema....



Yo entendía que instaba la iniciación a la administración donde se encontraba actualmente el domicilio fiscal declarado, por eso me he hecho un lío

Gracias!

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:29 #140828 por Migueexxe
De todos modos te digo la orden:

Pre/3581/2007
El siguiente usuario dijo gracias: crisys

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:39 #140829 por jos
Esto sobre competencia para iniciar y resolver el procedimiento de comprobación del domicilio fiscal:

1.- En el caso de obligados tributarios no adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, el órgano competente para iniciar y resolver el procedimiento es el titular de la Delegación donde el obligado tributario tenga su domicilio fiscal. Si existiese discrepancia entre Delegaciones dentro del ámbito de una Delegación Especial, corresponde resolver al titular de la Delegación Especial, que también resulta competente en el caso de que el procedimiento se haya iniciado a instancia de una Comunidad Autónoma.

2.-En el caso de obligados tributarios no adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes cuando el procedimiento afecta a más de una Delegación Especial, la competencia corresponde al Director del Departamento de Gestión Tributaria.

3.-En el caso de obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes corresponde al titular de dicha Delegación el inicio y resolución del procedimiento.
El siguiente usuario dijo gracias: crisys

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jun 2022 11:42 #140830 por Migueexxe

jos wrote: Esto sobre competencia para iniciar y resolver el procedimiento de comprobación del domicilio fiscal:

1.- En el caso de obligados tributarios no adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, el órgano competente para iniciar y resolver el procedimiento es el titular de la Delegación donde el obligado tributario tenga su domicilio fiscal. Si existiese discrepancia entre Delegaciones dentro del ámbito de una Delegación Especial, corresponde resolver al titular de la Delegación Especial, que también resulta competente en el caso de que el procedimiento se haya iniciado a instancia de una Comunidad Autónoma.

2.-En el caso de obligados tributarios no adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes cuando el procedimiento afecta a más de una Delegación Especial, la competencia corresponde al Director del Departamento de Gestión Tributaria.

3.-En el caso de obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes corresponde al titular de dicha Delegación el inicio y resolución del procedimiento.


Vale bastante más claro así, la primera parte me fallaba. Gracias.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.072 segundos