articulo 174.2 LGT declaración de responsabilidad. Competencia.

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30 Jun 2022 23:14 - 02 Jul 2022 09:49 #142392 por bxlgx
En el supuesto de liquidaciones administrativas, En el supuesto de liquidaciones administrativas, si la declaración de responsabilidad se efectúa con anterioridad al vencimiento del período voluntario de pago, la competencia para dictar el acto administrativo de declaración de responsabilidad corresponde al órgano competente para dictar la liquidación. En los demás casos, dicha competencia corresponderá al órgano de recaudación.

cuando dice " En el supuesto de liquidaciones administrativas, si la declaración de responsabilidad se efectúa con anterioridad al vencimiento del período voluntario de pago, la competencia para dictar el acto administrativo de declaración de responsabilidad corresponde al órgano competente para dictar la liquidación" ¿ Se refiere a notificar el comienzo del procedimiento, a dictar la notificacion o al notificarlo?
Última Edición: 02 Jul 2022 09:49 por webmaster.

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01 Jul 2022 08:13 #142395 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema articulo 174.2 lgt

bxlgx wrote: En el supuesto de liquidaciones administrativas, En el supuesto de liquidaciones administrativas, si la declaración de responsabilidad se efectúa con anterioridad al vencimiento del período voluntario de pago, la competencia para dictar el acto administrativo de declaración de responsabilidad corresponde al órgano competente para dictar la liquidación. En los demás casos, dicha competencia corresponderá al órgano de recaudación. En los demás casos, dicha competencia corresponderá al órgano de recaudación. En los demás casos, dicha competencia corresponderá al órgano de recaudación.

cuando dice " En el supuesto de liquidaciones administrativas, si la declaración de responsabilidad se efectúa con anterioridad al vencimiento del período voluntario de pago, la competencia para dictar el acto administrativo de declaración de responsabilidad corresponde al órgano competente para dictar la liquidación" ¿ Se refiere a notificar el comienzo del procedimiento, a dictar la notificacion o al notificarlo?


Antes de la notificación de la liquidación, que da comienzo al inicio del periodo voluntario de pago, no existe todavía ninguna deuda cuya responsabilidad derivar.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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01 Jul 2022 15:58 #142421 por ibis
Respuesta de ibis sobre el tema articulo 174.2 lgt
El órgano liquidador tiene que notificar el inicio del procedimiento de declaración de responsabilidad antes de que finalice el periodo voluntario de pago del deudor principal (vale tb un intento, mira el 124 rgr con más detalle)
En caso contrario, finaliza el procedimiento, y se iniciará posteriormente por el órgano de recaudación.

Saludos

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