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Arcangel07 wrote: Las ganancias patrimoniales se imputan al periodo impositivo donde tenga lugar la alteración patrimonial o los actos de que resulten, por tanto, yo diría que al año 2020 que es cuando las percibe el beneficiario.
Lo que si es a tener en cuenta es que no irán a la base del ahorro, irán a la parte general dado que no provienen de transmisión de elementos patrimoniales.
Es opinión lo que yo pienso
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