150.2 LGT Inicio del procedimiento inspector (18 meses y 27 meses).

Más
03 Jul 2022 12:20 - 07 Jul 2022 19:16 #142476 por bxlgx
Si se inicia un procedimiento Inspector con el plazo de 18 meses, y luego se descubren alguna de las circunstancias del 150.1 y se amplia a 27, el plazo del procedimiento inspector¿ Comienza con la notificacion de la ampliacion a los 27 meses o se sigue teniendo en cuenta la de 18? y en caso de que se inicie un procedimiento de inspeccion de alcance parcial, y el obligado tributario solicite ampliacion del alcance ¿ comienza desde la primera notificacion o desde la ampliacion?
Gracias
Última Edición: 07 Jul 2022 19:16 por webmaster.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Jul 2022 12:25 - 03 Jul 2022 12:36 #142477 por crisys
Respuesta de crisys sobre el tema 150.2 lgt
En el 150.2 LGT te lo especifica, te copio la parte del artículo

En el caso de que las circunstancias a las que se refiere la letra b) del apartado anterior se aprecien durante el desarrollo de las actuaciones inspectoras el plazo será de 27 meses, contados desde la notificación de la comunicación de inicio, lo que se pondrá en conocimiento del obligado tributario
Comunicación de inicio del procedimiento

En cuanto al alcance, depende de lo que haga, quizás en el 179 RGAT se ve más claro
2. Recibida la solicitud, el órgano competente para liquidar acordará si la inspección de carácter general se va a realizar como ampliación del alcance del procedimiento ya iniciado o mediante el inicio de otro procedimiento.

Saludos,
Última Edición: 03 Jul 2022 12:36 por crisys.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.044 segundos