Entrada en fábrica por la inspección sin presencia de OT

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07 Jul 2022 19:01 - 07 Jul 2022 19:18 #142612 por Arcangel07
Hola a todos! A medida que se acerca el examen me van surgiendo más dudas que pensaba que tenia claras.

Os planteo una situación.

Actuarios de la inspección se personan en una fábrica, que entendemos que es el domicilio fiscal del OT. En dicha personación no está ni el OT ni su representante, pero el encargado le permite la entrada.

Según el art.113, solo se podrá entrar en el domicilio constitucionalmente protegido con autorización del obligado tributario o con autorización judicial. Por tanto, en dicha visita, podrían entrar los actuarios al despacho donde están los libros contables y de gestión del OT? Suponiendo que quieren tomar medidas cautelares.

Aunque les permita la entrada el encargado de la fábrica no es el OT

Como lo veis?

Gracias chic@s
Última Edición: 07 Jul 2022 19:18 por webmaster.

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07 Jul 2022 19:28 #142618 por jos

Arcangel07 wrote: Hola a todos! A medida que se acerca el examen me van surgiendo más dudas que pensaba que tenia claras.

Os planteo una situación.

Actuarios de la inspección se personan en una fábrica, que entendemos que es el domicilio fiscal del OT. En dicha personación no está ni el OT ni su representante, pero el encargado le permite la entrada.

Según el art.113, solo se podrá entrar en el domicilio constitucionalmente protegido con autorización del obligado tributario o con autorización judicial. Por tanto, en dicha visita, podrían entrar los actuarios al despacho donde están los libros contables y de gestión del OT? Suponiendo que quieren tomar medidas cautelares.

Aunque les permita la entrada el encargado de la fábrica no es el OT

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Gracias chic@s


No pueden entrar (salvo que cuenten con autorización judicial). Como bien dices, el encargado no es el OT.

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07 Jul 2022 19:33 #142619 por Arcangel07
Respuesta de Arcangel07 sobre el tema Entrada en fábrica por la inspección sin presencia de OT
Yo pienso igual, concretamente a esa parte personal, podríamos decir el despacho donde guarda la documentación de la gestión del negocio, ahí no podrán entrar. Pero, podrán precintarlo sin entrar?

Por otro lado yo entiendo que el procedimiento está iniciado, aunque no se hayan entendido las actuaciones con el OT, la mera personacion y tramitación de la diligencia con el encargado ya da inicio al procedimiento, no?

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07 Jul 2022 19:44 #142620 por StarYoda
Podrán entrar a la empresa ya que es el encargado del lugar el que acepta su entrada pero si intentan entrar donde está centralizada la dirección o gestión de la empresa o donde se guardan los documentos reservados son zonas consideradas domicilio constitucionalmente protegido y necesitan la autorización del OT o de su representante o la autorización judicial oportuna.(Artículo 142 LGT y 172 RGAT).

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07 Jul 2022 19:47 #142621 por Arcangel07
Respuesta de Arcangel07 sobre el tema Entrada en fábrica por la inspección sin presencia de OT
Perfecto! Pienso igual.

Os planteo otra cuestión.

Si la inspección se persona en la fábrica para iniciar el procedimiento inspector pero no hay nadie, o hay alguien pero rechaza atender a los funcionarios ni identificarse y recoger comunicación alguna, se entiende iniciado el procedimiento? Aquí tengo dudas, dado que un procedimiento se debe iniciar con la notificación de inicio al OT, pero el 177 RGAT también indica que se puede iniciar por personacion…
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07 Jul 2022 19:51 #142623 por AgenteDelFuturo
Respuesta de AgenteDelFuturo sobre el tema Entrada en fábrica por la inspección sin presencia de OT

Arcangel07 wrote: Perfecto! Pienso igual.

Os planteo otra cuestión.

Si la inspección se persona en la fábrica para iniciar el procedimiento inspector pero no hay nadie, o hay alguien pero rechaza atender a los funcionarios ni identificarse y recoger comunicación alguna, se entiende iniciado el procedimiento? Aquí tengo dudas, dado que un procedimiento se debe iniciar con la notificación de inicio al OT, pero el 177 RGAT también indica que se puede iniciar por personacion…
Como lo veis?


Se puede iniciar por personación pero siempre que se cumpla el 147.2 LGT. Si no está el OT, las actuaciones se entenderán con el encargado o la persona responsable, pero el procedimiento no se habrá iniciado.

Agente de Hacienda OEP 2021

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07 Jul 2022 19:52 #142624 por crisys

Arcangel07 wrote: Perfecto! Pienso igual.

Os planteo otra cuestión.

Si la inspección se persona en la fábrica para iniciar el procedimiento inspector pero no hay nadie, o hay alguien pero rechaza atender a los funcionarios ni identificarse y recoger comunicación alguna, se entiende iniciado el procedimiento? Aquí tengo dudas, dado que un procedimiento se debe iniciar con la notificación de inicio al OT, pero el 177 RGAT también indica que se puede iniciar por personacion…
Como lo veis?



No, no se inicia.


Y ojo en el caso anterior, si el encargado no recoge la notificación con la comunicación de inicio identificándose correctamente, tampoco!!!
Si es el domicilio fiscal y alguien la rechaza, se considerará un primer intento de notificación, a efectos del art 42 LPACAP. Deberá haber un segundo intento cumpliendo la regla de las 3. En los tres días siguientes, con una diferencia de tres horas y si el intento ha sido antes de las tres, después de las tres o viceversa

Ánimo, que nos queda un suspiro!!!!!!!!!!!!

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07 Jul 2022 19:53 - 07 Jul 2022 19:56 #142626 por StarYoda
Si hay alguien y rechaza atender a los funcionarios de inspección, tendrán que pedir auxilio de las Fuerzas y Cuerpo de Seguridad del Estado, para que el obligado que está obligado a atenderles por el Artículo 173 LGT se identifique y les atienda.

"Cuando el personal inspector se persone sin previa comunicación en el lugar donde deban practicarse las actuaciones, el obligado tributario o su representante deberán atenderles si estuviesen presentes. En su defecto, deberá colaborar en las actuaciones cualquiera de las personas encargadas o responsables de tales lugares, sin perjuicio de que en el mismo momento y lugar se pueda requerir la continuación de las actuaciones en el plazo que se señale y adoptar las medidas cautelares que resulten procedentes"

Mucho ánimo a todos que ya queda nada!!!
Última Edición: 07 Jul 2022 19:56 por StarYoda.

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07 Jul 2022 19:58 #142627 por Arcangel07
Respuesta de Arcangel07 sobre el tema Entrada en fábrica por la inspección sin presencia de OT

AgenteDelFuturo wrote:

Arcangel07 wrote: Perfecto! Pienso igual.

Os planteo otra cuestión.

Si la inspección se persona en la fábrica para iniciar el procedimiento inspector pero no hay nadie, o hay alguien pero rechaza atender a los funcionarios ni identificarse y recoger comunicación alguna, se entiende iniciado el procedimiento? Aquí tengo dudas, dado que un procedimiento se debe iniciar con la notificación de inicio al OT, pero el 177 RGAT también indica que se puede iniciar por personacion…
Como lo veis?


Se puede iniciar por personación pero siempre que se cumpla el 147.2 LGT. Si no está el OT, las actuaciones se entenderán con el encargado o la persona responsable, pero el procedimiento no se habrá iniciado.


No se si entiendo bien tu mensaje. A ver, bajo mi perspectiva no se puede no atender a la inspección, tal y como dices. Entonces si hay alguien bien por las buenas o bien por medio de la policía la inspección va a actuar y va a detallar diligencia, por tanto el procedimiento se inicia.

Ahora bien, el OT que no está presente no se ha enterado de nada, quiere esto decir que el procedimiento se ha iniciado pero de cara al cómputo del plazo debe de ser notificado el OT si o si, o aunque no esté el OT presente el plazo ha iniciado ya?

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07 Jul 2022 20:00 #142629 por jos

crisys wrote:

Arcangel07 wrote: Perfecto! Pienso igual.

Os planteo otra cuestión.

Si la inspección se persona en la fábrica para iniciar el procedimiento inspector pero no hay nadie, o hay alguien pero rechaza atender a los funcionarios ni identificarse y recoger comunicación alguna, se entiende iniciado el procedimiento? Aquí tengo dudas, dado que un procedimiento se debe iniciar con la notificación de inicio al OT, pero el 177 RGAT también indica que se puede iniciar por personacion…
Como lo veis?



No, no se inicia.


Y ojo en el caso anterior, si el encargado no recoge la notificación con la comunicación de inicio identificándose correctamente, tampoco!!!
Si es el domicilio fiscal y alguien la rechaza, se considerará un primer intento de notificación, a efectos del art 42 LPACAP. Deberá haber un segundo intento cumpliendo la regla de las 3. En los tres días siguientes, con una diferencia de tres horas y si el intento ha sido antes de las tres, después de las tres o viceversa

Ánimo, que nos queda un suspiro!!!!!!!!!!!!


Así es.

Es importante que tengáis claro que el documento con el que se inicia un procedimiento (de inspección en este caso) es una Comunicación (art. 99.7 LGT).

Esta comunicación puede a su vez (art 177 RGAT, formas de iniciación):

a) - Ser notificada (por correo, por Agente Tributario o de manera telemática en la DEH del OT)

b) - Entregada "in situ" mediante personación
El siguiente usuario dijo gracias: Arcangel07, crisys

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07 Jul 2022 20:05 #142630 por AgenteDelFuturo
Respuesta de AgenteDelFuturo sobre el tema Entrada en fábrica por la inspección sin presencia de OT

Arcangel07 wrote:

AgenteDelFuturo wrote:

Arcangel07 wrote: Perfecto! Pienso igual.

Os planteo otra cuestión.

Si la inspección se persona en la fábrica para iniciar el procedimiento inspector pero no hay nadie, o hay alguien pero rechaza atender a los funcionarios ni identificarse y recoger comunicación alguna, se entiende iniciado el procedimiento? Aquí tengo dudas, dado que un procedimiento se debe iniciar con la notificación de inicio al OT, pero el 177 RGAT también indica que se puede iniciar por personacion…
Como lo veis?


Se puede iniciar por personación pero siempre que se cumpla el 147.2 LGT. Si no está el OT, las actuaciones se entenderán con el encargado o la persona responsable, pero el procedimiento no se habrá iniciado.


No se si entiendo bien tu mensaje. A ver, bajo mi perspectiva no se puede no atender a la inspección, tal y como dices. Entonces si hay alguien bien por las buenas o bien por medio de la policía la inspección va a actuar y va a detallar diligencia, por tanto el procedimiento se inicia.

Ahora bien, el OT que no está presente no se ha enterado de nada, quiere esto decir que el procedimiento se ha iniciado pero de cara al cómputo del plazo debe de ser notificado el OT si o si, o aunque no esté el OT presente el plazo ha iniciado ya?


El prodedimiento inspector se puede iniciar mediante personación o mediante notificación de la comunicación de inicio. En ambos casos se debe cumplir el 147.2 LGT. Personación sin el OT, no cumple así que no se inicia. Para que se inicie mediante notificación debe recogerla persona legitimada en lugar válido o rechazarla OT o representante. En el caso que propones no se produce ninguna de estas circuntancias.

Agente de Hacienda OEP 2021

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07 Jul 2022 20:05 - 07 Jul 2022 20:07 #142631 por StarYoda
En este caso, si no hay nadie que pueda atender a la inspección (OT, el representante o el encargado de la fábrica) no se podrá iniciar el procedimiento de inspección, de acuerdo al artículo 177.2 RGAT

En un inicio mediante presentación sin comunicación del órgano inspector y no mediante comunicación. Hay que hacer énfasis que es un método de inicio muy improvisado y está sujeto a que el Obligado o el Representante no estén personados en la fábrica.
Última Edición: 07 Jul 2022 20:07 por StarYoda.

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07 Jul 2022 20:07 #142632 por Arcangel07
Respuesta de Arcangel07 sobre el tema Entrada en fábrica por la inspección sin presencia de OT

jos wrote:

crisys wrote:

Arcangel07 wrote: Perfecto! Pienso igual.

Os planteo otra cuestión.

Si la inspección se persona en la fábrica para iniciar el procedimiento inspector pero no hay nadie, o hay alguien pero rechaza atender a los funcionarios ni identificarse y recoger comunicación alguna, se entiende iniciado el procedimiento? Aquí tengo dudas, dado que un procedimiento se debe iniciar con la notificación de inicio al OT, pero el 177 RGAT también indica que se puede iniciar por personacion…
Como lo veis?



No, no se inicia.


Y ojo en el caso anterior, si el encargado no recoge la notificación con la comunicación de inicio identificándose correctamente, tampoco!!!
Si es el domicilio fiscal y alguien la rechaza, se considerará un primer intento de notificación, a efectos del art 42 LPACAP. Deberá haber un segundo intento cumpliendo la regla de las 3. En los tres días siguientes, con una diferencia de tres horas y si el intento ha sido antes de las tres, después de las tres o viceversa

Ánimo, que nos queda un suspiro!!!!!!!!!!!!


Así es.

Es importante que tengáis claro que el documento con el que se inicia un procedimiento (de inspección en este caso) es una Comunicación (art. 99.7 LGT).

Esta comunicación puede a su vez (art 177 RGAT, formas de iniciación):

a) - Ser notificada (por correo, por Agente Tributario o de manera telemática en la DEH del OT)

b) - Entregada "in situ" mediante personación


Es que hay algo que no me cuadra, porque si la inspección se persona en una fábrica u no consigue notificar pero por ejemplo acuerda con la persona que les atiende post poner las actuaciones eso tiene que constar en diligencia, y si hay diligencia tiene que haber un expediente de procedimiento abierto ya, aunque no se haya notificado el inicio al OT.

Una cosa es el inicio del procedimiento propiamente dicho y otra a efectos del plazo, que será cuando se comunique al OT. Así lo veo yo

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07 Jul 2022 20:13 #142633 por StarYoda
Recuerda el artículo 111.2 LGT, solo se entenderá efectuada la notificación si el OT o el Representante se niegan a recibirla. Si el encargado dice que No, no se inicia el procedimiento de inspección.

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