Buenos días Opositores,
En marzo, con motivo de la publicación el día 28/02/2026 de la
Resolución de 26 de febrero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial, os compartimos un esquema relativo a las novedades de IRPF, donde os poníamos de manifiesto la modificación de los límites previstos en el art. 31.1.3ª de la LIRPF (se dejaban de aplicar los límites AMPLIADOS que se venían aplicando desde 2014).
No obstante, el 1 de abril, la AEAT publicaba la siguiente
nota informativa
, donde se hace constar:
Respecto al ejercicio 2026 se mantienen los límites para la aplicación del método de estimación objetiva vigentes en los ejercicios 2016 a 2024 (disposición transitoria trigésima segunda de la LIRPF, modificada por el artículo 14. Cuatro del Real Decreto-Ley 16/2025).
EN CONSECUENCIA, hemos lanzado un nuevo ESQUEMA a efectos de clarificar este punto,
sobre todo de cara a los próximos exámenes oficiales de los procedimientos selectivos en curso.
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